sábado, 11 de marzo de 2023

Tema 6. El acto administrativo: Concepto y clases. Requisitos: Motivación y forma. Eficacia de los actos administrativos: Contenido, notificación y publicación. Recursos contra el acto administrativo.

Según mi temario.

Es una declaración de juicio, deseo, conocimiento o voluntad por parte de las AAPP ejerciendo alguna de sus potestades diferentes a la legislativa (la ley no caduca y el acto sí).
  1. De Gobierno.
  2. Favorable o de gravamen.
  3. Ponen fin al procedimiento administrativo o no.
  4. Ponen fin a la vía administrativa o no.
  5. Reglado o discrecional.
  6. Individual o colectivo.
  7. Expreso o presunto.
  • Motivación: se debe basar en hechos y en ley. Artículo 35 de la 39/2015.
  • Forma: escrito con medios electrónicos  a no ser que pierda eficacia, en ese caso será hablado y lo escribirá un secretario a la vez que se dice. Además apuntará el nombre del titular que lo dice.  Podrán publicarse los actos seguidos si son del mismo tipo.
  • Contenido: debe basarse únicamente en la motivación.
  • Notificación: el órgano que dicta el acto debe notificar al interesado en un plazo de 10 días. El interesado debe leer la notificación en un plazo de 10 días o se anotará como rechazada la notificación en su expediente y se publicará en el BOE continuando el procedimiento. Artículos 40-44 39/2015.
  • Publicación: en diario oficial del organismo para actos generales. Plazos como notificación.
Recurso: revisión a instancia y de oportunidad de un acto. No cabe recurso ordinario contra recurso ordinario.

 

Tipo

 Plazo presentación

 Plazo resolución

Recursos ordinarios

 de alzada

 1 mes

 3 meses

 de reposición

 1 mes

 1 mes

Recursos extraordinarios

 de revisión

 4 años o 3 meses

 3 meses

  • Los recursos extraordinarios están tasados en la 39/2015.
  • El silencio de los recursos es negativo.

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